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Cómo acreditar y valorar lo que se perdió en una bodega incendiada

Foto del escritor: Gonzalo Vargas Baeza
Gonzalo Vargas Baeza
hace 3 días
4 min de lectura

En nuestro artículo anterior explicamos qué derechos tienen las personas afectadas por el incendio de las bodegas AKIKB de Huechuraba. Hoy vamos a la pregunta que viene después, y que suele ser la más difícil: ¿cómo demuestro qué tenía guardado y cuánto valía?


Quien reclama una indemnización tiene que probar el daño. Así lo dice la regla general del Código Civil: la prueba de las obligaciones, o de su extinción, corresponde a quien las alega (artículo 1698). Si la bodega y todo lo que había en ella se quemó, esa prueba hay que reconstruirla. La buena noticia es que hay más maneras de hacerlo de lo que parece.


1. Qué sirve como prueba

No existe una lista cerrada. Sirve todo lo que ayude a mostrar que los bienes existían, que estaban en la bodega y cuánto valían. Por ejemplo:


  • Facturas, boletas y guías de despacho, aunque sean antiguas.

  • Transferencias, cartolas bancarias y estados de cuenta de tarjetas con las compras.

  • Correos de confirmación de compras por internet, y el historial de pedidos de las tiendas en línea.

  • Fotos y videos, incluso los del celular o de redes sociales, donde se vean los bienes, ojalá con fecha.

  • El inventario o el registro de ingreso que haya llevado la empresa de bodegaje, y los correos o mensajes con ella.

  • Guías o boletas de la empresa de mudanza que trasladó los bienes a la bodega.

  • Declaraciones de testigos: familiares, amigos o trabajadores que vieron lo que se guardó.


Para quienes guardaban mercadería o bienes de una empresa, la contabilidad, las facturas de compra y los registros de inventario son la prueba central.


2. El inventario: la base de todo

Lo primero es hacer una lista detallada de lo perdido, bien por bien: qué era, marca y modelo si se conocen, año aproximado de compra, estado y valor estimado. Al lado de cada bien conviene anotar con qué se puede acreditar (una foto, una boleta, un testigo). Esa lista ordena el reclamo, sirve para la empresa, para la aseguradora o el liquidador y, si se llega a juicio, es el punto de partida del perito.


Un consejo práctico: el inventario se hace de a poco. Recorrer las fotos del celular año por año y revisar los correos de compra suele traer a la memoria bienes que se habían olvidado.


3. Cómo valorar lo que no tiene boleta

Muchos bienes no tienen boleta: muebles heredados, ropa, libros, herramientas, recuerdos. Que falte la boleta no significa que no se puedan cobrar. El valor puede estimarse con cotizaciones de bienes equivalentes, con precios de referencia del mercado y, sobre todo, con la opinión de un perito tasador.


Las colecciones, las obras de arte y las antigüedades requieren una tasación especializada. En esos casos, fotos de buena calidad, certificados de autenticidad y cualquier registro de compra o de exhibición ayudan mucho a que el perito pueda fijar un valor.


4. Qué daños se pueden reclamar

El Código Civil distingue el daño emergente, que es la pérdida directa (el valor de lo que se quemó), del lucro cesante, que es la ganancia que se dejó de obtener (artículo 1556). Para una empresa que guardaba mercadería, el lucro cesante puede ser importante: ventas que no se pudieron hacer o contratos que no se pudieron cumplir.


También existe el daño moral: la aflicción por perder recuerdos familiares, fotos o bienes de valor afectivo que no tienen reposición. La Ley N° 19.496 reconoce expresamente el derecho del consumidor a la reparación de los daños materiales y morales (artículo 3°, letra e). Un buen reclamo distingue cada tipo de daño y los acredita por separado.


5. El papel del perito y del liquidador

Si hay seguro, la aseguradora suele designar a un liquidador, que revisa el siniestro, la cobertura y el monto a pagar. Su informe no es la última palabra: el asegurado puede impugnarlo dentro de 10 días hábiles desde que lo recibe (artículo 26 del Reglamento de los Auxiliares del Comercio de Seguros, DS N° 1.055 de 2012). Por eso conviene revisarlo con atención y responder con antecedentes.


En un juicio, en cambio, el valor de lo perdido normalmente se determina con un informe de peritos, que el tribunal puede ordenar. Un perito independiente, con el inventario y las pruebas reunidas, puede respaldar montos que a primera vista parecían difíciles de acreditar.


6. Qué hacer ahora

  • Empezar hoy el inventario, aunque sea incompleto, y anotar al lado de cada bien con qué se puede probar.

  • Descargar cartolas, estados de cuenta y correos de compra antes de que se borren o venzan.

  • Reunir fotos y videos, y pedir a familiares o amigos las que puedan tener.

  • Pedir a la empresa de bodegaje copia del contrato y de cualquier registro de ingreso de bienes.

  • Guardar copia de todo lo que se entregue a la empresa, a la aseguradora o al liquidador.

  • No aceptar una valoración ni firmar un finiquito sin saber antes cuánto vale realmente lo perdido.


¿Necesita ordenar su reclamo?

En Ius Chile revisamos cada caso con seriedad y sin promesas: ayudamos a reunir la prueba, a valorar las pérdidas y a evaluar las alternativas reales. Si perdió bienes en el incendio de una bodega, puede escribirnos para una orientación inicial.


Gonzalo Vargas Baeza · Abogado · Ius Chile · Providencia, Santiago · Chañaral, Atacama

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